jueves, 26 de marzo de 2020

Prorrogado el Estado de Alarma hasta las 00:00 del 12 de abril

El Pleno del Congreso ha autorizado la prórroga del estado de alarma para hacer frente al COVID19 y ha convalidado cinco reales decretos-leyes sobre despidos, agricultura y medidas de sanitarias, económicas y sociales.

El Pleno del Congreso ha autorizado este miércoles, 25 de marzo, la prórroga del estado de alarma hasta las 00:00 horas del domingo 12 abril, tal y como había solicitado el Gobierno, que declaró dicho estado el pasado 14 de marzo mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo. 


El debate se ha celebrado de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Constitución, en el que se establece que el estado de alarma será declarado por el Ejecutivo durante un periodo de 15 días mediante real decreto pero necesitará la autorización del Congreso para prorrogarlo. El Reglamento del Congreso, en su artículo 162, desarrolla este precepto constitucional y establece que los grupos parlamentarios pueden  presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones de la prórroga.


En este caso se presentaron siete propuestas de resolución: de los grupos parlamentarios de Vox, Ciudadanos, Republicano, Plural y Euskal Herria Bildu, que han sido rechazadas, y del PNV, que ha recibido el respaldo de la Cámara, por la que se añade una disposición adicional para que el Gobierno remita semanalmente información sobre la ejecución de estas medidas.


La disposición adicional nueva añade que "de acuerdo con lo establecido en el artículo octavo, apartado 1, de la Ley de los estados de alarma, excepción y sitio, el Gobierno remitirá semanalmente al Congreso de los Diputados información documental estructurada de la ejecución de las distintas medidas adoptadas y valoración de su eficacia para contener el virus COVID-19 y mitigar su impacto sanitario, económico y social".

En esta sesión también se han convalidado cinco Reales Decretos Leyes:

  • Real Decreto-ley por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Este precepto incluía, como causa de despido objetivo, las faltas por enfermedades comunes, aún justificadas por un parte médico. Además la Cámara ha aprobado la tramitación como proyecto de ley de este Real Decreto-Ley.
  • Real Decreto-ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes para paliar la  caída sostenida de precios percibidos por los agricultores; el aumento de la frecuencia de los daños por fenómenos climáticos extremos; las tensiones comerciales, la volatilidad de las cotizaciones de las materias primas, el incremento de los costes de los insumos agrarios y ganaderos, como la energía, el creciente impulso de exigencias en la producción, y la falta de equilibrio en la fijación de precios en la cadena alimentaria, que han conducido a una situación de crisis sin precedentes del sector agrario.
  • Los tres reales decretos-leyes aprobados ante la emergencia sanitaria provocada por la expansión del coronavirus: el del 10 de marzo por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública; el del 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, y el del 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. 
    • El Real Decreto-Ley de medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública refuerza la protección a colectivos vulnerables que se encuentran en riesgo de desahucio hipotecario. Así, prorroga cuatro años adicionales la suspensión de los lanzamientos para deudores vulnerables, amplía el concepto de colectivo vulnerable, de forma que además de los desempleados, familias con algún miembro con discapacidad, en situación de dependencia o mayores de 60 años, se incluya como beneficiario de la suspensión de lanzamientos a familias monoparentales con un solo hijo, y  establece que el nivel de ingresos familiar máximo para acogerse a esta medida se incrementará en función del número de hijos.
    • El Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 establece un plan de medidas excepcionales en el ámbito económico para mitigar el impacto por el COVID-19 que permitirá movilizar hasta 18.225 millones de euros durante este año, reforzar el sector sanitario, proteger el bienestar de las familias y apoyar a las empresas afectadas, en particular en el sector turístico y PYMEs. Las medidas están alineadas con las acciones acordadas por los organismos internacionales.
    • Por último, el Real Decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 moviliza cerca del 20% del PIB, 200.000 millones de euros con medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.


El objetivo es iniciar la recuperación en cuanto la emergencia sanitaria quede atrás, relanzando nuestra economía, nuestra producción y nuestro empleo y que la caída venga seguida de una recuperación económica y no de un estancamiento.

VER MEDIDAS Y LEGISLACIÓN ADOPTADAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19


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