jueves, 21 de mayo de 2020

Uso obligatorio de mascarilla

La obligación incluye el interior de los comercios. El Ayuntamiento reparte cartelería para los establecimientos comerciales sobre normas de seguridad e higiene en el comercio responsable.

 

Desde hoy, por la Orden SND/422/2020 es obligatorio el uso de mascarilla a las personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Esta obligación, incluye, por lo tanto, la entrada a los comercios. El Ayuntamiento reparte cartelería para los establecimientos comerciales sobre normas de seguridad e higiene en el comercio responsable que también podéis descargar aquí.

La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.



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