jueves, 02 de diciembre de 2021

Convocatoria Ayudas COVID19

Convocatoria de subvenciones para reducir los gastos de tasas de abastecimiento de agua potable, depuración, recogida de residuos sólidos urbanos de comercios, restauración y otras actividades afectados por la pandemia COVID-19

 

CONVOCATORIA 2021 DE SUBVENCIONES PARA REDUCIR LOS GASTOS DE TASAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE, DEPURACIÓN, RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE COMERCIOS, RESTAURACIÓN Y OTRAS ACTIVIDADES AFECTADOS POR LA PANDEMIA COVID-19 APROBADAS MEDIANTE ACUERDO PLENARIO DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DE 2021

 

Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria minorar la carga que supone para la actividad empresarial hacer frente a gastos relacionados con el local de negocio en un momento en el que los ingresos se han visto mermados considerablemente para la mayoría de los comercios, locales de restauración y similares del municipio. Es objeto, por tanto, sufragar parcialmente los siguientes gastos del inmueble donde se ubique la actividad empresarial, en concreto la Tasa por suministro de agua potable, depuración y recogida de residuos sólidos urbanos del último semestre.

Beneficiarios, requisitos y exclusiones.
Serán beneficiarios de esta subvención los titulares de los establecimientos comerciales, locales de restauración y similares, siempre que tengan licencia municipal de actividad en vigor, siempre que acrediten haber efectuado el pago de las citadas tasas.
En ningún caso, podrán concederse subvenciones municipales a deudores de la Corporación Municipal, tal y como se establece en la Base 21 del Presupuesto Municipal de 2021.

Gastos subvencionables.
Son gastos subvencionables los siguientes:
Tasas abonadas por Abastecimiento de agua potable, depuración y recogida de residuos sólidos urbanos, correspondientes al segundo semestre de 2020 y abonadas por los usuarios en el primer semestre de 2021.
No serán subvencionables el Impuesto sobre el Valor Añadido. Solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario

Clase y cuantía de la subvención.
Se subvencionará a fondo perdido

  1. El 100% de la cuota mínima de abono de las tasas por Abastecimiento de agua potable y depuración, correspondiente al segundo semestre del año 2020 y abonada en el primer semestre de 2021.
  2. El 100% de las tasas abonadas por recogida de residuos sólidos urbanos, correspondiente al segundo semestre del año 2020 y abonada en el primer semestre de 2021.

Esta ayuda tiene la consideración de ayudas de minimis, de acuerdo con el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se podrán presentar en cualquiera de los registros que dispone el art. 16 de esa Ley. La presentación de solicitudes se podrá realizar hasta el día 15 de diciembre de 2021
Las solicitudes contendrán la siguiente documentación:

  1. Anexo I.
  2. DNI del solicitante y NIF de la sociedad
  3. Recibos de Tasas de Abastecimiento de Agua Potable, Depuración, Recogida de residuos sólidos urbanos e Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana satisfechos objeto de la subvención
  4. Informe de plantilla media de todos los códigos de cuenta de cotización durante el ejercicio de 2020

 

Documentación.

Bases de la convocatoria.
Anexo I.


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Anexo I
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