lunes, 07 de junio de 2021

Diputación de Soria: Subvenciones comercio rural

La Diputación Provincial de Soria, dentro del Plan Soria 2021, convoca ayudas al comercio rural de la provincia. El plazo límite de presentación de solicitudes finaliza el 2 de julio.

El comercio rural aporta a la sociedad imortantes externalidades positivas ya que, además de ser una fuente de creación de empleo contribuye a fijar población en el medio rural por la vía de la oferta de servicios que muchas veces excedesn de lo meramente comercial.

La supervivencia del comercio rural contribuye a frenar la despoblación, generando un círculo virtuoso que es necesario mantener y reforzar, dado que ofrece un servicio de primera necesidad en los pueblos de la provincia y genera empleo.

La finalidad de la convocatoria es apoyar las necesidades de circulante del comercio rural de Soria mediante dos mecanismos: 

  • Sufragar los costes de Seguridad Social satisfechos por el trabajador autónomo entre el 1 de enero y el 30 de mayo de 2021 y cuyo centro de trabajo esté ubicado en localidades de menos de mil habitantes de la provincia de Soria.

• Bares y restaurantes, amparados por el Decreto 12/2016, de 21 de abril, por el que se regulan los establecimientos de restauración en la Comunidad de Castilla y León.
• Establecimientos comerciales regulados por el Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León. De esta convocatoria se excluyen las farmacias y botiquines de farmacia.

  • Sufragar los costes de Seguridad Social de un trabajador contratado por la persona física o jurídica propietaria de un establecimiento de las categorias mencionadas en la convocatoria.

Ambas son  incompatibles entre sí, de tal forma que un mismo solicitante  no podrá optar a ambas simultáneamente. Así mismo, cada solicitante podrá optar únicamente a subvención por un solo establecimiento.

Un mismo solicitante no podrá solicitar simultáneamente como persona física y en nombre de otra persona jurídica diferente en la que figure como administrador u ostente mas del cinuenta por ciento de las acciones o participaciones.

Podrán beneficiarse de las siguentes subvenciones las personas físicas dadas de alta como trabajador autónomo y las personas jurídicas, incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles que cumplan los requisitos recogidos en la presente base.

Cuándo Solicitar: 

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre hasta el 2 de julio de 2021.

Documentación: 
 BASES DE LA CONVOCATORIA
  EXTRACTO BOLETIN 02-06-2021
  ANEXO SOLICITUD PERSONA FISICA
  ANEXO SOLICITUD PERSONA JURIDICA


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