Los Acuerdos publicados hoy en el BOCyL estarán en vigor entre el 26 de marzo y el 9 de abril, y trasladan a la normativa autonómica las actuaciones coordinadas aprobadas por el Consejo Interterritorial del SNS a nivel nacional.
ACUERDO 9/2021, de 23 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas específicas durante la Semana Santa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, como autoridad competente delegada para la aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. (Ver texto completo)
El presente acuerdo tiene por objeto el establecimiento de medidas específicas durante la Semana Santa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, como autoridad competente delegada, en los términos establecidos en el artículo 2.3 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, y en aplicación del Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 10 de marzo de 2021.
Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.
1. Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos, tanto cerrados como abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.
2. Esta limitación no afectará a la confluencia de personas en dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria.
3. No están incluidas en la limitación prevista en este apartado las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
Efectos.
El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del día 26 de marzo hasta las 23:59 horas del día 9 de abril de 2021.
ACUERDO 30/2021, de 23 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas y recomendaciones específicas durante la Semana Santa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León. (Ver texto completo).
Este acuerdo tiene por objeto establecer con carácter temporal y excepcional, medidas y recomendaciones específicas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 durante la Semana Santa en la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio del mantenimiento de las medidas previstas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, así como de aquellas acordadas por el Presidente de la Junta de Castilla y
León en su condición de autoridad sanitaria delegada del Gobierno de la Nación para la Comunidad de Castilla y León, por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Medidas específicas preventivas a aplicar durante la Semana Santa.
Recomendaciones durante el período de Semana Santa.
Efectos.
El presente acuerdo producirá efectos desde las 00:00 horas del día 26 de marzo de 2021 hasta las 23:59 horas del día 9 de abril de 2021.
A esto hay que añadir el mantenimiento del cierre perimetral de la comunidad y del toque de queda de 22:00 h a 6:00 h.
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