viernes, 05 de marzo de 2021

El BOCyL deja sin efecto medidas sanitarias de carácter excepcional

Además, la Comisión de Salud Pública acordó ayer las medidas frente a la COVID-19 en Semana Santa que trasladará para su ratificación al Consejo Interterritorial

El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado los acuerdos que anunció ayer el Vicepresidente Francisco Igea en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

ACUERDO 24/2021, de 4 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se dejan sin efecto las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, acordadas mediante Acuerdos 4/2021, de 12 de enero y 17/2021, de 16 de febrero, y mantenidas por Acuerdo 21/2021, de 22 de febrero. (Ver texto completo)

Primero. Pérdida de efectos de las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional acordadas mediante Acuerdos 4/2021, de 12 de enero y 17/2021, de 16 de febrero, y mantenidas por Acuerdo 21/2021, de 22 de febrero.

Por lo tanto:

  • Se permite la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales.
  • Se abren las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre.
  • Se permite la asistencia de público a eventos deportivos que se realicen en instalaciones deportivas que no sean al aire libre.
  • Se permiten las actividades de restauración en el interior de los establecimientos.
  • Se permite la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
  • Se suprime la limitación de horario máximo de apertura de establecimientos hasta las 20:00 horas.

No obstante lo anterior, siguen siendo de aplicación las medidas sanitarias preventivas que con carácter ordinario establece para el nivel de alerta 4 el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. Efectos.
El presente acuerdo producirá efectos a partir de las 00:00 horas del día 8 de marzo de 2021.

 

Además, la Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades y ciudades autónomas y el Ministerio de Sanidad, acordó ayer la propuesta de medidas frente al COVID-19 para Semana Santa que trasladará el próximo miércoles al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para su ratificación.

Las medidas se tomarían persiguen limitar la movilidad y los contactos. Así, con carácter general se recomendaría no bajar el nivel de alerta en el que se encuentran las comunidades autónomas desde las dos semanas previas al inicio de la Semana Santa, aunque los indicadores sean favorables y por tanto, mantener las medidas establecidas en ese momento.

Respecto a la movilidad se ha acordado que se debe evitar todos aquellos viajes que no sean necesarios y se especifica que la movilidad estará limitada por el cierre perimetral de todas las comunidades, salvo las excepciones reguladas en el Estado de Alarma mediante el Real Decreto 926/2020, en cuyo caso se recomienda una PDIA antes o a la llegada.

El mismo documento señala, y así se ha acordado, que no se celebrarán eventos masivos que impliquen aglomeración o concentración. Y, que en concreto los eventos en espacios cerrados seguirán las normas de aforo y otras medidas establecidas, según el nivel de alerta de cada comunidad autónoma.

En el conjunto de medidas también se ha acordado la limitación de reuniones en espacios públicos o privados a como máximo 4 personas en el exterior y en el interior y la limitación del derecho de movilidad desde las 22:00 hasta las 06:00 horas.

 


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